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Article 240

Plazo

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Plazo . La importación de la mercancía reparada o la de reemplazo, así como la presentación de la correspondiente declaración aduanera en cumplimiento de garantía, deberá efectuarse dentro del año siguiente a la fecha de la certificación de embarque de la mercancía averiada, defectuosa o impropia para el fin para el cual fue importada. Dicho plazo podrá prorrogarse por una sola vez hasta por seis (6) meses. En la situación prevista en el

Parágrafo 2

del artículo 239 anterior, la exportación o destrucción de la mercancía averiada, defectuosa o impropia para el fin para el cual fue importada, deberá llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días siguientes a la presentación y aceptación de la declaración aduanera de importación en cumplimiento de garantía.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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