JurídicoESEN

Article 16

Ley 57 de 1931 · Reformatoria de la Ley 45 de 1923, sobre establecimientos bancarios, y de las leyes orgánicas del Banco Agrícola Hipotecario; y por la cual se crean la Caja de Crédito Agrario y la Caja Colombiana de Ahorros

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El artículo 124 quedará así:

Los Bancos hipotecarios y secciones hipotecarias de los Bancos comerciales quedan autorizados para efectuar las siguientes operaciones, y no otras:

1º Hacer préstamos a largos plazos, garantizados con hipoteca y que deban ser cubiertos por pagos periódicos de intereses y amortizaciones de capital.

2º Los Bancos hipotecarios podrán hacer préstamos por períodos que no excedan de dos años, asegurados con prenda agraria o con hipoteca a corto plazo, constituidas de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, por un monto que no exceda de la cantidad de los depósitos a término que tengan vigentes.

3º Los préstamos de amortización gradual que hagan los Bancos hipotecarios en una sola persona o entidad, no podrán ser mayores del veinte por ciento (20 por 100) del capital pagado y reservas del Banco, ambos saneados.

Cuando se trate de prestamos garantizados con prenda agraria, el límite máximo para una sola persona o entidad no podrá pasar de cincuenta mil pesos ($ 50.000), cualesquiera que sean el capital y reservas del Banco.

4º Emitir cédulas de inversión, que puedan ser pagaderas al portador o a la orden, garantizadas con hipotecas constituidas a favor de dicho Banco o sección hipotecaria.

5º Administrar bienes raíces que haya recibido en virtud de arreglo de deudas; pero cualquier inmueble que adquiera y que no emplee para oficinas del Banco, deberá ser enajenado dentro de cinco años, a contar de la fecha de la adquisición; más este periodo podrá ser prorrogado por el Superintendente Bancario por un termino no mayor de dos años.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 57 de 1931