A partir del 1º de enero de 2001, el subsidio de alimentación para los servidores públicos que perciban una asignación básica mensual no superior a seiscientos noventa y cuatro mil ciento un pesos ($694.101) moneda corriente, será de veinticinco mil setecientos ochenta y tres pesos ($25.783) moneda corriente, pagaderos mensualmente por la entidad correspondiente. No habrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.
Article 21
A Partir Del 1º De Enero De 2001, El Subsidio De Alimentación Para Los Servidores Públicos Que Perciban Una Asignación Básica Mensual No Superior A Seiscientos Noventa Y Cuatro Mil Ciento Un Pesos ($694
Decreto 1482 de 2001 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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