Equivalencias para los empleos pertenecientes al personal civil del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional . Establécense, a partir de la vigencia del presente decreto las siguientes equivalencias para los empleos pertenecientes al personal civil del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, únicamente para lo relacionado con los requisitos de estudio y experiencia de que trata el Decreto-ley 770 de 2005 y sus normas reglamentarias, así: DENOMINACIONES EMPLEOS CIVILES MINISTERIO DE DEFENSA, FUERZAS MILITARES Y POLICÍA NACIONAL NIVEL Y GRADO SALARIAL DE REFERENCIA Denominación Especialista Asesor Primero Profesional 06 Especialista Asesor Segundo Profesional 05 Especialista Jefe Profesional 04 Especialista Primero Técnico 08 Especialista Segundo Técnico 07 Especialista Tercero Técnico 06 Especialista Cuarto Técnico 05 Especialista Quinto Técnico 04 Especialista Sexto Técnico 03 Adjunto Jefe Asistencial 12 Adjunto Intendente Asistencial 11 Adjunto Mayor Asistencial 10 Adjunto Especial Asistencial 09 Adjunto Primero Asistencial 08 Adjunto Segundo Asistencial 06 Adjunto Tercero Asistencial 05 Adjunto Cuarto Asistencial 02 Adjunto Quinto Asistencial 01
Decreto 1785 de 2014 →In force
Article 32
Equivalencias Para Los Empleos Pertenecientes Al Personal Civil Del Ministerio De Defensa Nacional, De Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional
Decreto 1785 de 2014 · por el cual se establecen las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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