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Article 1

Decreto 1205 de 1937 · Por el cual se reglamenta el Decreto legislativo 1714 de 1936, y en consecuencia se suprimen unas cárceles y se crean otras

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01

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Artículo primero. Desde que comiencen a funcionar los Juzgados Penales de Circuito creados por el Decreto 1714 de 1936, quedarán suprimidas las siguientes Cárceles de Circuito

a)

En el Departamento de Antioquía: las de Antioquia y Frontino, que se incorporarán en la de Sopetrán; las de Fredonía, Girardota y Titiribí, a la de Medellín; las de La Ceja y Marinilla, a la de Ríonegro; la de Támesis, a la de Jericó, y la de Remedios, a la de Segovia, creada por el mismo Decreto;

b)

En el Departamento del Atlántico: la de Sabanalarga, que se incorporará a la de Barranquilla;

c)

En el Departamento de Bolívar: las de Cereté y Lorica, que se incorporarán a la de Montería; las de Corozal, Chinú, Sincé y Tolú, a la de Sincelejo, y la de Mompós, a la de Magangué;

d)

En el Departamento de Boyacá: la de Ramiriquí, que se incorporará a la de Tunja; y la de Garagoa, a la de Guateque;

e)

En el Departamento de Caldas; la de Filandia, que se incorporará a la de Pereira; y la de Santa Rosa de Cabal, a la de Manizales;

f)

En el Departamento del Cauca: la de Caloto, que se incorporará a la de Santander;

g)

En el Departamento de Cundinamarca: la de Fusagasugá, que se incorporará parte a la de Girardot y parte a la de Bogotá; las de Cáqueza y Guatavita, a la de Bogotá; y las de Chocontá, Pacho y Ubaté, a la de Zipaquirá;

h)

En el Departamento del Huila: la de Agrado, que se incorporará a la de Garzón;

i)

En el Departamento del Magdalena: la de Ciénaga, que se incorporará a la de Santa Marta;

j)

En el Departamento de Nariño: la de La Unión, que se incorporará a la de Pasto;

k)

En el Departamento Norte de Santander: la de Convención, que se incorporará a la de Ocaña; y las de Chinácota y Salazar, a la de Cúcuta;

l)

En el Departamento de Santander: la de Concepción, que se incorporará a la de Málaga; la de Piedecuesta, a la de Bucaramanga, y las de Barichara y Charalá, a la de San Gil, y ll) En el Departamento del Tolima: la de Espinal, que se incorporará a la del Guamo; y la de Villahermosa, a la del Líbano.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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