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Article 3

º Mientras Se Tramita La Liquidación Prevista En El Artículo Anterior No Podrá Aceptarse Solicitud De Concurso, Ni Proceso Alguno De Ejecución Y Se Suspenderá La Actuación En Los Procesos De Ejecución Iniciados

Decreto 361 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre la vigilancia de las instituciones de utilidad común.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Mientras se tramita la liquidación prevista en el artículo anterior no podrá aceptarse solicitud de concurso, ni proceso alguno de ejecución y se suspenderá la actuación en los procesos de ejecución iniciados. Los jueces que estén conociendo de ellos procederán de oficio y comunicarán a la entidad competente y al demandante la suspensión, previo levantamiento de las medidas cautelares que hubiesen sido decretadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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