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Article 15

Decreto 968 de 2024 · por el cual se dictan normas para la administración y operatividad del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (Sispi) para el Territorio Indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Actores del Sispi . Son todos aquellos que participan de manera conjunta, coordinada y complementaria para la operatividad del Sispi, primordialmente en la garantía de acciones en salud acordes a la concepción de buen vivir de cada pueblo indígena, enfocados a garantizar el cuidado de la salud y la recuperación de la armonía. Para efectos del presente decreto son actores del sistema: las autoridades espirituales, las autoridades indígenas, las estructuras propias en salud, la familia, la comunidad y la Comisión Mixta. Así mismo, serán actores el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud, direcciones departamentales, distritales y locales de salud, instancias de vigilancia y control, entidades de salud públicas, privadas o mixtas que contribuyan al funcionamiento y la garantía de los mecanismos y condiciones técnicas, operativas, financieras, jurídicas y estratégicas, o las que determine la ley para la operatividad del Sispi.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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