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Article 171

Uso De Uniformes

Decreto 613 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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Uso de Uniformes. Los Oficiales Generales de la Policía Nacional, en uso de retiro, podrán vestir el uniforme en las fiestas patrias, actos del servicio especialmente convocados y en los actos sociales oficiales en que exija traje de etiqueta. Para las mismas ocasiones, la Dirección General de la Policía Nacional podrá permitir el uso del uriforme a los demás Oficiales y Suboficiales en retiro que así lo soliciten. El Ministerio de Defensa queda facultado para autorizar el uso del uniforme policial a la Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional en uso de retiro que desempeñen cargos en la Administración Pública, cuando tal uso se considere necesario o conveniente para el apropiado desempeño de dichos cargos. El uso del uniforme obliga a la observancia de las normas reglamentarias sobre su porte y somete a quien lo utilice a las correspondientes acciones correctivas o disciplinarias. El Oficial o Suboficial que vista el uniforme con la debida autorización, tiene derecho a los honores establecidos para su grado, pero no podrá ejercer el mando dentro de la institución policial.

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Constitutional history

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