Oportunidad de pago de la contraprestación por las autorizaciones . Las contraprestaciones por concepto de las autorizaciones conferidas deberán liquidarse y pagarse por el operador solicitante dentro de los treinta (30) días siguientes a la ejecutoria del acto administrativo que la otorga. Cuando el acto administrativo comporte dos o más autorizaciones la liquidación deberá comprender la suma de todas las causas originadoras del pago. CAPITULO 3 Permisos
Article 38
Oportunidad De Pago De La Contraprestación Por Las Autorizaciones
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
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Constitutional history
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