De acuerdo con el ordinal g) del artículo 1º de la Ley 71 de 1946 , la Nación cooperará en la construcción de viviendas para trabajadores y empleados de la ciudad de Cali, así: doscientos mil pesos ($ 200.000) para la urbanización del barrio de "Las Delicias"; ciento cincuenta mil pesos ( $ 150.000) para la urbanización de "Mariano Ospina Pérez", del Barrio Popular; ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para la urbanización "Pro - Viviendas Colombia"; cien mil pesos ($ 100.000) para la urbanización "Atanasio Girardot"; doscientos mil pesos ($ 200.000) para el Barrio Militar de los Oficiales del Ejército, y doscientos mil pesos ($ 200.000) para la Urbanización de Empleados que adelanta el Instituto de Crédito Territorial en el barrio "El Cedro", de la ciudad de Cali.
Ley 149 de 1948 →In force
Article 3
Ley 149 de 1948 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación en desarrolle de la Ley 71 de 1946, en favor de obras de interés social
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01
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02
Constitutional history
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