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Article 14

Créase El Puesto De Contador O Pagador Habilitado Para Que Reciba Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Los Fondos Que Éste Envíe Para El Sostenimiento De Los Buques Y Personal Administrativo E Igualmente Los Fondos Adicionales Destinados A Reparaciones De Los Buques, Seguros, Elementos Para Colonos, Etc

Decreto 2205 de 1934 · Por el cual se organiza y establece la navegación comercial permanente en los ríos del Sur de la República

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Créase el puesto de Contador o Pagador Habilitado para que reciba del Ministerio de Industrias y Trabajo los fondos que éste envíe para el sostenimiento de los buques y personal administrativo e igualmente los fondos adicionales destinados a reparaciones de los buques, seguros, elementos para colonos, etc. Este funcionario otorgará la fianza de acuerdo con las disposiciones que rijan la materia y rendirá sus cuentas ante la Contraloría General de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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