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Article 18

Exigibilidad Del Diagnóstico Ambiental De Alternativas

Decreto 2820 de 2010 · por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales.

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Exigibilidad del Diagnóstico Ambiental de Alternativas. Los interesados en los proyectos, obras o actividades que se describen a continuación deberán solicitar pronunciamiento a la autoridad ambiental competente sobre la necesidad de presentar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas - DAA

1.

La exploración sísmica de hidrocarburos que requiera la construcción de vías para el tránsito vehicular.

2.

El transporte y conducción de hidrocarburos líquidos o gaseosos, que se desarrollen por fuera de los campos; de explotación que impliquen la construcción y montaje de infraestructura de líneas de conducción con diámetros iguales o superiores a 6 pulgadas (15.24 cm), excepto en aquellos casos de nuevas líneas cuyo trayecto se vaya a realizar por derechos de vía o servidumbres existentes.

3.

Los terminales de entrega de hidrocarburos líquidos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte por ductos.

4.

La construcción de refinerías y los desarrollos petroquímicos.

5.

La construcción de presas, represas o embalses.

6.

La construcción y operación de centrales generadoras de energía eléctrica.

7.

Los proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes con capacidad instalada superior a 3MW.

8.

El tendido de líneas nuevas de transmisión del Sistema Nacional de Interconexión Eléctrica.

9.

Los proyectos de generación de energía nuclear.

10.

La construcción de puertos.

11.

La construcción de aeropuertos.

12.

La construcción de carreteras, los túneles y demás infraestructura asociada de la red vial nacional, secundaria y terciaria.

13.

La construcción de segundas calzadas cuando no se encuentren adosadas a las vías existentes o cuando consideren la construcción de variantes, par vial o pasen por centros poblados.

14.

La ejecución de obras en la red fluvial nacional, salvo los dragados de profundización.

15.

La construcción de vías férreas y variantes de estas.

16.

Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra.

02

Constitutional history

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