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Article 71

Cuando La Solicitud De La Liquidación Parcial Del Auxilio De Cesantía Se Haga Por Conducto De La Caja De Vivienda Militar, El Interesado Deberá Presentar Los Documentos Que Esta Entidad Exija; A Su Vez La Vivienda Militar Pedirá Al Ministerio De Defensa El Anticipo De Cesantía Y Para Tal Efecto Acompañará La Siguiente Documentación: A) Memorial Petitorio Del Anticipo De Cesantía Con La Especificación Del Fin A Que Se Destine; B) Constancia Del Préstamo Que Le Haya Hecho La Caja; C) Certificado Sobre Los Haberes Devengados Por El Interesado En El Último Mes; D) Certificado De Tiempo De Servicio En Las Fuerzas Militares; E) Autorización Conferida A La Caja Para Solicitar Y Obtener El Reconocimiento Y Pago Respectivo; F) Certificado De Paz Y Salvo De La Administración De Hacienda Nacional

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

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Cuando la solicitud de la liquidación parcial del auxilio de cesantía se haga por conducto de la Caja de Vivienda Militar, el interesado deberá presentar los documentos que esta entidad exija; a su vez la Vivienda Militar pedirá al Ministerio de Defensa el anticipo de cesantía y para tal efecto acompañará la siguiente documentación

a)

Memorial petitorio del anticipo de cesantía con la especificación del fin a que se destine;

b)

Constancia del préstamo que le haya hecho la Caja;

c)

Certificado sobre los haberes devengados por el interesado en el último mes;

d)

Certificado de tiempo de servicio en las Fuerzas Militares;

e)

Autorización conferida a la Caja para solicitar y obtener el reconocimiento y pago respectivo;

f)

Certificado de paz y salvo de la Administración de Hacienda Nacional. CAPITULO III De las vacaciones

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Constitutional history

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