El Instituto, con el fin de garantizar las obligaciones para con terceros derivadas de las captaciones de los recursos autorizados por la Ley 18 de 1988, mantendrá un Fondo de Garantías constituido por los aportes recibidos del Gobierno Nacional para tal fin y por una parte de los recursos captados de acuerdo con lo establecido por el
del artículo 3º de la norma mencionada.