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Article 15

Decreto 1134 de 1989 · Por el cual se reglamenta la actividad de ahorro y crédito desarrollada por las cooperativas y se dictan normas para el ejercicio de la actividad financiera por parte de éstas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

PROHIBICIÓN OTORGAMIENTO DE CREDITO POR FUERA DEL REGLAMENTO. Los préstamos que se otorguen con cargo a recursos captados de depósitos de ahorros, deberán ceñirse a los respectivos reglamentos vigentes al efecto. En ningún caso las personas con cargo de dirección, administración o vigilancia en la Cooperativa podrán obtener para sí o para las entidades que representan, préstamos u otros beneficios similares por fuera de los establecidos para el común de los asociados, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la ley. Además, estas instituciones observarán las limitaciones generales que sobre operaciones activas de crédito dicte el Gobierno Nacional para las entidades financieras sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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