° Cuando existieren los planes y programas a que se refieren los artículos anteriores, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Minas y Energía, anunciará públicamente la oportunidad para que se presenten todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en el proyecto de construcción de gasoductos troncales, mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación nacional y una en un diario regional de la localidad para la cual se tuviere previsto un programa de transporte y distribución de gas natural.
Article 4
Cuando Existieren Los Planes Y Programas A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, El Gobierno Nacional, A Través Del Ministerio De Minas Y Energía, Anunciará Públicamente La Oportunidad Para Que Se Presenten Todas Las Personas Naturales O Jurídicas Interesadas En Participar En El Proyecto De Construcción De Gasoductos Troncales, Mediante Dos Publicaciones En Un Diario De Amplia Circulación Nacional Y Una En Un Diario Regional De La Localidad Para La Cual Se Tuviere Previsto Un Programa De Transporte Y Distribución De Gas Natural
Decreto 625 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII del Decreto 1056 de 1953.
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