º Desde la misma fecha los mencionados Cajeros presentarán al Ministerio de Gobierno las cuentas y relaciones correspondientes a todos los servicios del respectivo ramo en la República, de que tratan los puntos 4.°, 5.°, y 6.° de la Resolución número 8 de 26 de junio último, y 7.ª. del 17 del mismo mes, dictadas por el Ministerio del Tesoro, para que sean reconocidas dichas cuentas en los libros respectivos del Ministerio, y cubierto su valor por la Tesorería General de la Republica, en virtud de las órdenes de pago correspondientes.
Decreto 1789 de 1915 →In force
Article 2
Desde La Misma Fecha Los Mencionados Cajeros Presentarán Al Ministerio De Gobierno Las Cuentas Y Relaciones Correspondientes A Todos Los Servicios Del Respectivo Ramo En La República, De Que Tratan Los Puntos 4
Decreto 1789 de 1915 · Por el cual se reforman unas disposiciones sobre Contabilidad de los ramos Postal y Telegráfico
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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