Se autoriza asímismo al Gobierno para que lleve a cabo por administración directa o delegada, o por contrato a precio fijo, la construcción y equipo de la línea férrea que partiendo de Fundación, extremo actual del ferrocarril de Santa Marta, vaya a los ríos Ariguaní y Cesar, y también hasta Tamalameque, por la senda o vía más adecuada, así para el más amplio beneficio de aquellos territorios, como para el económico transporte de las personas y las cosas. Se ajustará la construcción a las propias condiciones técnicas adoptadas para el ferrocarril construido desde Santa Marta hasta Fundación; y en igualdad de condiciones, para la forma de construcción y administración que adopte el Gobierno, podrá éste preferir a The Santa Marta Railway Company Limited.
Ley 107 de 1919 →In force
Article 2
Ley 107 de 1919 · que otorga autorizaciones al Gobierno sobre el ferrocarril de Santa Marta y para la construcción de la vía entre Fundación y el río Cesar
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.