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Article 50

Contenido De Los Actos De Creación

Ley 489 de 1998 · LEY 489 DE 1998, 29/12/1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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La ley que disponga la creación de un organismo o entidad administrativa deberá determinar sus objetivos y estructura orgánica, así mismo determinará el soporte presupuestal de conformidad con los lineamientos fiscales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

La estructura orgánica de un organismo o entidad administrativa comprende la determinación de los siguientes aspectos:

1.

La denominación.

2.

La naturaleza jurídica y el consiguiente régimen jurídico.

3.

La sede.

4.

La integración de su patrimonio.

5.

El señalamiento de los órganos superiores de dirección y administración y la forma de integración y de designación de sus titulares, y

6.

El Ministerio o el Departamento Administrativo al cual estarán adscritos o vinculados.

Parágrafo

Las superintendencias, los establecimientos públicos y las unidades administrativas especiales estarán adscritos a los ministerios o departamentos administrativos; las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta estarán vinculadas a aquellos; los demás organismos y entidades estarán adscritos o vinculados, según lo determine su acto de creación.

02

Constitutional history

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