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Article 24

Decreto 548 de 1995 · por el cual se compilan las funciones de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, se establece su estructura orgánica y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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Oficina de Informática. A la Oficina de Informática le corresponde desarrollar las siguientes funciones

a)

La establecida en el literal h) del numeral primero del artículo 6º del presente Decreto;

b)

Dirigir y supervisar la ejecución de las funciones de sistematización y manejo estadístico;

c)

Planear, dirigir y controlar los proyectos de sistematización de la entidad;

d)

Diseñar y proponer estrategias para el establecimiento de los sistemas uniformes de información que deben aplicar las instituciones vigiladas, según la naturaleza del servicio y el monto de sus activos;

e)

Definir y velar por el manejo del sistema estadístico de la institución y de cada uno de los servicios públicos domiciliarios;

f)

Coordinar con la dependencia encargada de la capacitación de los funcionarios de la Superintendencia, los programas de adiestramiento necesarios para el aprovechamiento óptimo de los equipos y sistemas computarizados de la entidad por parte de los funcionarios;

g)

Sugerir al Superintendente los recursos técnicos y tecnológicos necesarios para garantizar un control eficiente de las entidades vigiladas;

h)

Asesorar a todas las dependencias que requieran conocimientos especiales para llevar a cabo labores de auditoria de sistemas en el sector de cada servicio público vigilado;

i)

Proponerlas normas técnicas para la recopilación, procesamiento y análisis de la información estadística;

j)

Llevar el registro de las entidades de servicios públicos domiciliarios sujetas a inspección, control y vigilancia;

k)

Las demás que le sean asignadas por el Superintendente, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. CAPITULO IV. Funciones de la Secretaria General

02

Constitutional history

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