Sanciones a los terminales de transporte . De conformidad con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 105 de 1993 y normas complementarias, las autoridades previstas en el artículo 7º del presente decreto, dentro de lo que sea de su competencia, podrán sancionar a las empresas terminales de transporte que incumplan con las obligaciones señaladas en el artículo 13 del presente decreto, con amonestación escrita o multas que oscilan entre 1 y 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En la graduación de la sanción se tendrán en cuenta la gravedad de la infracción, las circunstancias que rodearon la misma y la incidencia del hecho en la adecuada prestación del servicio público de transporte.
Decreto 2762 de 2001 →In force
Article 17
Sanciones A Los Terminales De Transporte
Decreto 2762 de 2001 · por el cual se reglamenta la creación, habilitación, homologación y operación de los terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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