JurídicoESEN

Article 1

Decreto 222 de 2000 · Por el cual se reglamenta el artículo 54 de la Ley 550 de 1999

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Empresas con derecho a la devolución . Las empresas que se encuentren en un proceso concordatario o estén tramitando o ejecutando un acuerdo de reestructuración de conformidad con la Ley 550 de 1999, tendrán derecho a solicitar devolución de la retención en la fuente del impuesto sobre la renta que se les practique por cualquier concepto, de conformidad con las disposiciones del presente decreto.

Parágrafo 1

Las empresas tendrán derecho a la devolución de la retención desde el mes calendario siguiente a la fecha de inscripción del proceso concordatario o del acuerdo de reestructuración en el registro mercantil de las Cámaras de Comercio, de conformidad con lo previsto en el numeral 6 artículo 98 de la Ley 222 de 1995 y en el artículo 11 de la Ley 550 de 1999.

Parágrafo 2

La Administración competente deberá devolver dentro de los términos indicados en los artículos 855 y 860 del Estatuto Tributario, siempre y cuando la solicitud se presente oportunamente y en debida forma.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 222 de 2000