Monitoreo y seguimiento. El Ministerio de Salud y Protección Social desarrollará herramientas de seguimiento y monitoreo a la atención psicosocial brindada a los familiares de las víctimas identificadas, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas.
(Decreto 303 de 2015, artículo 24)