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Article 2.9.1.1.11

Funciones Del Comité Operativo Y De Seguridad Del Siif Nación

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

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Funciones del Comité Operativo y de Seguridad del SIIF Nación. Corresponde al Comité Operativo y de Seguridad del SIIF Nación, desarrollar las siguientes funciones

a)

Proponer al Comité Directivo las políticas y los estándares que constituyen el modelo de seguridad del SIIF Nación;

b)

Determinar pautas para la implantación, complementación y mejoramiento permanente del modelo de seguridad del SIIF Nación;

c)

Trazar directrices para la divulgación e implantación de estándares de seguridad por parte de las entidades usuarias;

d)

Solicitar al Administrador del SIIF Nación informes de seguimiento sobre el modelo de seguridad del sistema;

e)

Evaluar el informe anual de riesgos del SIIF Nación presentado por el Administrador del aplicativo;

f)

Mantener actualizado al Comité Directivo acerca del estado del modelo de seguridad del SIIF Nación;

g)

Determinar los eventos en que por motivos técnicos u operativos no se deba realizar el pago directo al beneficiario a través del SIIF Nación;

h)

Tomar las medidas que considere pertinentes cuando el Administrador del Sistema le informe del mal uso del aplicativo por parte de los usuarios;

i)

Presentar a consideración de la autoridad competente propuestas de modificación a las normas presupuestales, contables o tributarias que permitan un registro integral de la gestión financiera de los usuarios en el sistema;

j)

Coordinar la parametrización del aplicativo y las acciones de los órganos rectores en materia contable, presupuestal y de tesorería, que sean necesarias para el buen funcionamiento del sistema;

k)

Coordinar el proceso de cierres de fin de año y apertura de nuevo año;

l)

Aprobar los cambios que no modifiquen el modelo conceptual aprobado por el Comité Directivo que presente el Administrador del SIIF Nación;

m)

Deshabilitar o inactivar a los usuarios cuando tenga evidencias de que no atiende las medidas de seguridad implementadas;

n)

Establecer su propio reglamento;

o)

Las demás que le determine el Comité Directivo respecto de la seguridad y operación del sistema. (Art. 11 Decreto 2674 de 2012)

02

Constitutional history

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