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Article 16

Los Congresos Sindicales O Las Asambleas Generales Federales Solamente Podrán Ser Convocadas: 1

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

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01

Text of the article

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Los congresos sindicales o las asambleas generales federales solamente podrán ser convocadas

1.

Por la respectiva federación o confederación, de acuerdo con sus estatutos;

2.

Por el Jefe de la División de Relaciones Colectivas de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuando lo solicite una tercera parte, por lo menos, de las organizaciones afiliadas a la respectiva federación o confederación, que se nieguen sin suficiente fundamento, a juicio del jefe de la expresada dependencia, a hacer la convocatoria, o que estén impedidos para hacerla, de conformidad con este Decreto, y

3.

Por el Jefe de la aludida División de Relaciones Colectivas de Trabajo, con la expresa autorización del Ministerio del Ramo, cuando por circunstancias especiales lo estime conveniente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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