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Article 37

Decreto 179 de 2019 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

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01

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Área de Tecnologías y Sistemas de Información. Son funciones del Área de Tecnologías y Sistemas de Información, las siguientes

1.

Impartir los lineamientos en materia tecnológica para definir políticas, estrate­gias y prácticas que soporten la gestión del Sector.

2.

Garantizar la aplicación de los estándares, buenas prácticas y principios para el suministro de la información a cargo de las entidades del Sector.

3.

Preparar el plan estratégico de tecnologías de la información.

4.

Aplicar los lineamientos y procesos de arquitectura tecnológica del Departa­mento Administrativo de la Presidencia de la República en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamen­tales para su adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento.

5.

Asesorar al Departamento en la definición de los estándares de datos de los sis­temas de información y de seguridad informática.

6.

Impartir lineamientos tecnológicos para el cumplimiento de estándares de se­guridad, privacidad, calidad y oportunidad de la información de la Entidad y la interoperabilidad de los sistemas que la soportan, así como el intercambio permanente de información.

7.

Elaborar el mapa de información sectorial e institucional que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de producción de información del Sector y del Departamento, en coordinación con las dependencias de la enti­dad.

8.

Promover aplicaciones, servicios y trámites en línea para el uso de los servido­res públicos, ciudadanos y otras entidades, como herramientas para una mejor gestión.

9.

Implementar las políticas aprobadas por el Comité de la Seguridad de Informa­ción y de la Plataforma Tecnológica del Departamento, definiendo los planes de contingencia y supervisando su adecuada y efectiva aplicación.

10.

Diseñar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicación de tecnologías de la información y las comunicaciones para brindar de manera constante y per­manente un buen servicio al ciudadano.

11.

Participar en el seguimiento y evaluación de las políticas, programas e instru­mentos relacionados con la información pública.

12.

Prestar el soporte técnico básico o de primer nivel a los usuarios internos del Departamento garantizando el adecuado funcionamiento de la infraestructura tecnológica base.

13.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institu­cional.

14.

Aplicar métodos y procedimientos de control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gestión y operación de la dependencia a su cargo.

15.

Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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