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Article 6

Ley 12 de 1922 · por la cual se reforman las 68 y 82 de 1916, la 61 de 1921 y la 6ª de 1922, se concede un auxilio y se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso-

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01

Text of the article

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La disposición del artículo 4° de la Ley 61 de 1921 , comprende los dineros que la Junta de Conversión obtenga de las acuñaciones de plata que se están efectuando y se efectuaran en la Casa de Moneda de Medellín y en los Estados Unidos de Norte América, los de acuñaciones de níquel que está Realizando la Casa de Moneda de Bogotá, y cualesquiera otros pertenecientes al fondo de conversión que la citada Junta maneja.

Parágrafo

La devolución de los expresados dineros a la referida Junta, se efectuara en el año de1923, y no en el de 1922, como lo establece el mencionado artículo 4° de la citada Ley 61.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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