° Cuando el Ministerio de Relaciones Exteriores compruebe que alguna de las empresas transportadoras, bien sea aérea o marítima, haya infringido sus instrucciones, se le impondrá, por medio de resolución, una multa de $ 5.000.00, sin perjuicio de la cancelación de la facultad para distribuir la Tarjeta de Turismo.
El valor de esta multa deberá ser consignado en la Administración de Hacienda Nacional.