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Article 16

Prohibiciones

Decreto 666 de 2007 · por el cual se reglamentan las cuentas de margen.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Prohibiciones . Están prohibidas las siguientes conductas

1.

La realización de operaciones que tengan características o efectos iguales o similares a las cuentas de margen sin el cumplimiento de las disposiciones previstas en el presente decreto o por personas que no estén autorizadas expresamente en el presente decreto para el desarrollo de las mismas.

2.

La realización de operaciones de cuentas de margen, directamente o a través de interpuesta persona, por parte de las personas naturales que están obligadas a registrarse en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores.

3.

La actuación por cuenta ajena, por parte de clientes de las sociedades autorizadas, salvo tratándose de administradores de carteras colectivas.

4.

La celebración de contratos de cuentas de margen en los cuales las decisiones de inversión se dejen a la discreción de la sociedad autorizada.

Parágrafo

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a la imposición de las sanciones personales e institucionales establecidas en la ley. CAPITULO VII Régimen de transición

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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