El Consejo de Administración es el organismo de decisión de la cooperativa que se encargará de su marcha administrativa, financiera y técnica y estará integrado por cinco miembros como máximo, que se encuentren en pleno goce de sus derechos cooperativos de acuerdo con los estatutos de la respectiva entidad.
Article 26
El Consejo De Administración Es El Organismo De Decisión De La Cooperativa Que Se Encargará De Su Marcha Administrativa, Financiera Y Técnica Y Estará Integrado Por Cinco Miembros Como Máximo, Que Se Encuentren En Pleno Goce De Sus Derechos Cooperativos De Acuerdo Con Los Estatutos De La Respectiva Entidad
Decreto 461 de 1969 · Por el cual se aprueba el estatuto que reglamenta las características y funcionamiento de las Cooperativas de la Reforma Agraria
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Constitutional history
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