Los funcionarios que tengan conocimiento de la comisión de una infracción disciplinaria, o el que reciba el aviso de que trata el artículo 93 del presente Decreto, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Ministro de Relaciones Exteriores, o del jefe del inculpado, suministrando todos los documentos y demás datos de que tuvieren noticia. La omisión de esta obligación constituye falta grave.
Article 97
Los Funcionarios Que Tengan Conocimiento De La Comisión De Una Infracción Disciplinaria, O El Que Reciba El Aviso De Que Trata El Artículo 93 Del Presente Decreto, Deberá Ponerlo Inmediatamente En Conocimiento Del Ministro De Relaciones Exteriores, O Del Jefe Del Inculpado, Suministrando Todos Los Documentos Y Demás Datos De Que Tuvieren Noticia
Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.