Esta partida será incluida en la Ley de Apropiaciones durante los años a que la presente Ley se refiere, o en su defecto, el Poder Ejecutivo abrirá los créditos necesarios
Después de invertidas las sumas que se vota para la preparación de los monumentos históricos durante los años expresados, se apropiara en los presupuestos anuales una suma prudencial, destinada a la conservación de los mismos.