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Article 18

Las Resoluciones Que Se Dicten En Asuntos Sociales Son Revisables En Segunda Instancia, Conforme Al Artículo 8° De La Ley 12 De 1936, A Apelación Del Interesado Así: Las Del Jefe Del Departamento Nacional Del Trabajo Por El Ministro De Trabajo, Higiene Y Previsión Social; Las De Los Jefes De Las Oficinas Seccionales Del Trabajo, Del Inspector General Y De Los Inspectores Nacionales Del Trabajo, Por El Jefe Del Departamento Nacional Del Trabajo; Y Las Que Puedan Dictar Los Alcaldes, Por Facultad Legal Expresa Y A Falta De Los Funcionarios Especiales Del Trabajo, Por Estas Autoridades En Sus Respectivas Jurisdicciones

Decreto 2392 de 1938 · poor el cual se organiza el Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social.

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01

Text of the article

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Las Resoluciones que se dicten en asuntos sociales son revisables en segunda instancia, conforme al artículo 8° de la Ley 12 de 1936, a apelación del interesado así: Las del Jefe del Departamento Nacional del Trabajo por el Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social; Las de los Jefes de las Oficinas Seccionales del Trabajo, del Inspector General y de los Inspectores Nacionales del Trabajo, por el Jefe del Departamento Nacional del Trabajo; y Las que puedan dictar los Alcaldes, por facultad legal expresa y a falta de los funcionarios especiales del trabajo, por estas autoridades en sus respectivas jurisdicciones.

Parágrafo

También podrán los interesados interponer el recurso de queja, para ante el respectivo superior; contra el funcionario del trabajo, por considerar las resoluciones o demás providencias contrarias a normas constitucionales o legales o lesivas de los derechos individuales o colectivos. Departamento de Cooperativas y Previsión Social.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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