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Article 9

Son Funciones Del Director General: A) Dirigir, Coordinar, Vigilar Y Controlar El Personal Del Instituto, La Ejecución De Sus Funciones Y La Realización De Los Programas De La Entidad

Decreto 1473 de 1990 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Salud.

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01

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° Son funciones del Director General

a)

Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal del Instituto, la ejecución de sus funciones y la realización de los programas de la entidad.

b)

Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad, dentro de los límites legales y estatutarios.

c)

Informar al Ministerio de Salud sobre el estado de ejecución de los programas que correspondan al Instituto y rendir al Presidente de la República los informes generales y periódicos o especiales que le solicite sobre las actividades desarrolladas, la situación de la entidad y demás asuntos que tengan relación con la política de desarrollo socioeconómico del Gobierno Nacional.

d)

Presentar a la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud el proyecto de presupuesto y los planes de inversión del Instituto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

e)

Presentar a consideración de la Junta Directiva las adiciones, traslados o reformas al presupuesto del Instituto, conforme a lo establecido en las disposiciones vigentes.

f)

Controlar la ejecución del presupuesto del Instituto, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

g)

Nombrar y remover el personal de la entidad, conforme a las normas legales y estatutarias.

h)

Constituir mandatarios que representen al Instituto en negocios judiciales y extrajudiciales.

i)

Las demás funciones que le señalen la ley, los estatutos y las que refiriéndose al funcionamiento general del Instituto no están expresamente atribuidas a otra autoridad. CAPITULO III Consejo Científico Técnico.

02

Constitutional history

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