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Article 37

Ley 11 de 1991 · por la cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, se determinan las funciones de sus dependencias, se confieren unas facultades y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Son atribuciones generales de los jefes de oficina, de los subdirectores, de los subsecretarios, del Director de la Academia y del Protocolo, las siguientes, según sea el caso:

a)

Dirigir y coordinar el funcionamiento de sus dependencias;

b)

Informar al Ministro, al respectivo Director General o al Secretario General sobre las gestiones emprendidas, los asuntos pendientes y presentarle las iniciativas que surjan de las dependencias a su cargo;

c)

Participar en la negociación de los tratados internacionales relacionados con su área;

d)

Llevar la representación del Ministro, de los Viceministros, Directores Generales o del Secretario General cuando éstos lo determinen expresamente en actos o reuniones de carácter técnico, administrativo o social;

e)

Elaborar los programas generales de trabajo, en colaboración con los jefes de división;

f)

Asesorar a los Directores Generales y al Secretario General en Asuntos Técnicos;

g)

Responder ante los Viceministros por conducto de los Directores Generales o ante el Secretario General de la ejecución de los programas de trabajo y revisar los aspectos técnicos de los mismos;

h)

Recibir y evaluar los informes, periódicos o especiales de los funcionarios subalternos;

i)

Calificar de acuerdo con el reglamento a los funcionarios de su respectiva dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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