JurídicoESEN

Article 29

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la División de Currículo y Programas de Educación Preescolar y Básica:

a)

Diseñar el Currículo obligatorio de la educación preescolar y básica incluyendo los propósitos y metodologías recomendadas.

b)

Proporcionar orientaciones para la adaptación curricular en las regiones según sus necesidades y características específicas:

c)

Participar con las Direcciones Generales de Carrera Docente y de Desarrollo Pedagógico en la determinación de estándares de desempeño docente requeridos en educación preescolar y básica, en el diseño de currículo de la modalidad vocacional en pedagogía y de la formación en servicio que requiera el personal docente vinculado.

d)

Suministrar a la División de Investigación, Prueba Curricular y Coordinación de Centros Experimentales Piloto la información de los procesos curriculares.

e)

Preparar técnicamente las reglamentaciones curriculares, una vez que los currículos hayan sido sometidos a experimentación y prueba.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 24 de 1988