º Las importaciones dé los productos a que se refiere el presente Decreto estarán sujetas al pago del uno por ciento (1%) sobre legalización de las facturas consulares de que trata el artículo 232 del Decreto-ley 444 de 1967 y a los gravámenes establecidos en el artículo 5º de este Decreto
Article 1
Las Importaciones Dé Los Productos A Que Se Refiere El Presente Decreto Estarán Sujetas Al Pago Del Uno Por Ciento (1%) Sobre Legalización De Las Facturas Consulares De Que Trata El Artículo 232 Del Decreto-Ley 444 De 1967 Y A Los Gravámenes Establecidos En El Artículo 5º De Este Decreto
Decreto 617 de 1972 · Por el cual se reducen los gravámenes arancelarios a las importaciones de algunos productos originarios y provenientes de los países miembros del Acuerdo de Cartagena
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