DEL CONCEPTO DE LA COMISION DE PERSONAL. Si a juicio del jefe del Organismo o de la dependencia regional o seccional respectiva, la sanción que deba imponerse fuere la de destitución, remitirá los documentos de la investigación al Presidente de la Comisión de Personal de la entidad, para que ésta emita concepto sobre la aplicación de dicha medida en un término no superior a diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud. La comisión deberá actuar sobre los documentos que se sometan a su consideración y a sus reuniones podrán ser llamados los funcionarios que puedan aportar elementos de juicio relacionados con la investigación. De sus deliberaciones y recomendaciones se dejará constancia escrita. El concepto de la Comisión de Personal no será obligatorio para la autoridad nominadora.
Decreto 482 de 1985 →In force
Article 49
Decreto 482 de 1985 · Por el cual se reglamenta el régimen disciplinario en la Ley 13 de 1984
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.