JurídicoESEN

Article 20

Ley 32 de 1978 · Sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la ley 35 de 1944 , toda disposición que se dicte en uso de facultades especiales o permanentes, que en cualquier forma modifique la nómina nacional o que autorice nuevos gastos, deberá ir respaldada con la firma del Ministro de Hacienda y Crédito público, funcionario que se abstendrá de hacerlo cuando con ello ser produzca desequilibrio en la apropiación respetiva o cuando se creen cargos paralelos o funciones similares a las que corresponden a las dependencias de la Dirección General del Presupuesto, en los distintos despachos de la Administración.

Parágrafo

Así mismo, la Presidencia de la república y el Departamento Administrativo del Servicio Civil resolverán conjuntamente y se abstendrá de dar curso a cualquier acto reformatorio que sobre Plantas de Personal pretendan adoptar los diferentes Organismos de la Administración Pública Nacional cuando se encuentre que la medida crea graves desequilibrios salariales, o no va amparada en la ampliación o establecimiento de nuevo servicio, o se considere a todas luces inconveniente para la buena marcha de la Administración. Para el efecto las entidades mencionadas establecerán los mecanismos necesarios a fin de dar cumplimiento a la presente disposición.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 32 de 1978