Queda excluido de la clasificación el personal a contrato, a jornal, los técnicos de la Sección de Mantenimiento de la Fuerza Aérea y los militares en goce de sueldo de retiro o pensión que desempeñen funciones administrativas en las Fuerzas Armadas en cargos especiales de asignación superior a la fijada en el Decreto 94 de 1958.
Article 18
Queda Excluido De La Clasificación El Personal A Contrato, A Jornal, Los Técnicos De La Sección De Mantenimiento De La Fuerza Aérea Y Los Militares En Goce De Sueldo De Retiro O Pensión Que Desempeñen Funciones Administrativas En Las Fuerzas Armadas En Cargos Especiales De Asignación Superior A La Fijada En El Decreto 94 De 1958
Decreto 1497 de 1958 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 094 de 1958, relacionado con la clasificación, denominaciones y asignaciones del personal civil de las Fuerzas Armadas
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