JurídicoESEN

Article 28

Organización Para El Desarrollo De La Educación Propia

Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Organización para el Desarrollo de la Educación Propia . Cada pueblo indígena tiene autonomía para configurar ciclos, fases, momentos o como los denomine y considere apropiado para el desarrollo de su Educación Indígena Propia. En el marco del Sistema Educativo Indígena Propio los ciclos de Educación Propia son los momentos y tiempos en los que se vivencian los saberes, los conocimientos y las prácticas de la Educación Propia en diferentes espacios, se organizan a partir de los momentos de vida cultural de las semillas, que guardan la identidad, la sabiduría y la autonomía de cada pueblo.

Parágrafo

Los ciclos, fases, momentos o como los denomine cada pueblo deben consignarse en el documento que defina cada pueblo para el desarrollo de su Educación Indígena Propia. CAPÍTULO II Las semillas en el camino de la vida

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 481 de 2025