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Article 27

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Corresponde a la Junta Directiva de la Corporación declarar electos a, Los miembros de la junta de Propietarios que hubieren obtenido los votos suficientes de acuerdo con, las normas del sistema, del cociente electoral que establece la ley.

Si la totalidad de los propietarios se abstuvieren de participar en la elección, la Junta Directiva, de la Corporación de los miembros principales y suplentes de la Junta de Propietarios de la obra.

En caso de falta absoluta de cualquier miembro, los miembros restantes de la Junta, siempre y cuando su número no lea inferior a la mitad de sus componentes, designará a quien deba reemplazarlo. Si el número de miembros restantes es inferior a la mitad de los integrantes de la Junta, la provisión de las vacantes por faltas absolutas se hará por la Junta Directiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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