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Article 3

° En El Caso De Que Los Recaudos Efectivos Netos Del Impuesto Sobre Las Ventas Resulten Superiores Al Valor Presupuestado El Año Anterior Por Este Concepto En El Presupuesto General De La Nación, La Diferencia Que Le Corresponda A Los Beneficiarios De Esta Participación, Se Cubrirá Con Cargo A Las Aprobaciones Presupuestales De La Vigencia En Que Se Certifique Este Faltante

Decreto 1030 de 1993 · por el cual se reglamenta el artículo 74 de la Ley 49 de 1990.

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01

Text of the article

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° En el caso de que los recaudos efectivos netos del Impuesto sobre las Ventas resulten superiores al valor presupuestado el año anterior por este concepto en el Presupuesto General de la Nación, la diferencia que le corresponda a los beneficiarios de esta participación, se cubrirá con cargo a las aprobaciones presupuestales de la vigencia en que se certifique este faltante.

02

Constitutional history

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