Modifíquese el inciso 1 del artículo 45 del Decreto 1165 de 2019, el cual quedará así: "ARTÍCULO 45. PUBLICIDAD DE LA SOLICITUD DE AGENCIAMIENTO ADUANERO. Una vez realizado el trámite señalado en los artículos 125 y 126 del presente decreto se deberá publicar en el sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) un aviso en el cual se exprese, como mínimo, la intención de constituir la agencia de aduanas, el tipo de agencia de aduanas, la razón social de la persona jurídica solicitante, el nombre de los socios, del personal directivo y de los agentes de aduanas que pretendan vincular, todo ello de acuerdo con la información suministrada en la solicitud. El aviso se publicará por el término de cinco (5) días calendario, dentro del cual se recibirán las observaciones a que haya lugar."
Decreto 360 de 2021 →In force
Article 15
Modifíquese El Inciso 1 Del Artículo 45 Del Decreto 1165 De 2019, El Cual Quedará Así: "artículo 45
Decreto 360 de 2021 · Por el cual se modifica el Decreto 1165 de 2019 relativo al Régimen de Aduanas y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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