º. En las relaciones de gastos que los Ministros deben presentar para los acuerdos mensuales que ordena el Decreto número 814 de 1915, sólo se incluirán los gastos ordinarios de la Administración Pública que cada Ministerio deba hacer en el mes siguiente al del acuerdo, teniendo en cuenta la enumeración que de dichos gastos hace el artículo 1º del Decreto número 518 del presente año.
Article 1
En Las Relaciones De Gastos Que Los Ministros Deben Presentar Para Los Acuerdos Mensuales Que Ordena El Decreto Número 814 De 1915, Sólo Se Incluirán Los Gastos Ordinarios De La Administración Pública Que Cada Ministerio Deba Hacer En El Mes Siguiente Al Del Acuerdo, Teniendo En Cuenta La Enumeración Que De Dichos Gastos Hace El Artículo 1º Del Decreto Número 518 Del Presente Año
Decreto 523 de 1922 · Por el cual se adiciona el número 814 de 1915
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