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Article 4

Ley 141 de 1948 · Por la cual se crea la Comisión de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales y la Comisión de Servicio Civil; se adoptan ciertas medidas para la reducción de los gastos públicos y se dictan otras disposiones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Créase la Comisión Interparlamentaria de Servicio Civil, que se elegirá en las actuales sesiones del, Congreso y que durará dos años en el ejercicio de sus funciones. Dicha Comisión estará integrada por tres Senadores y tres Representantes, elegidos por la respectiva Corporación, del seno de la Comisión Cuarta Constitucional Permanente de cada Cámara, y sesionará tanto durante el periodo de las sesiones como durante el receso, a lo menos una vez por semana.

Los Representantes elegidos en las presentes sesiones durarán en ejercicio del cargo hasta el 20 de julio de 1949.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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