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Article 1

Modifíquese El Artículo 3° Del Decreto Número 2026 De 2017, El Cual Quedará Así: Artículo 3°

Decreto 2180 de 2017 · Por medio del cual se modifica el Decreto 2026 de 2017.

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01

Text of the article

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°. Modifíquese el artículo 3° del Decreto número 2026 de 2017, el cual quedará así: Artículo 3°. Servicios transitorios. El Fondo de Programas Especiales para la Paz (Fondo Paz) continuará garantizando a los ex miembros de FARC-EP ubicados en los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR), incluidos los privados de la libertad que en el marco de la Ley 1820 de 2016 han sido trasladados a la antigua Zona Veredal Transitoria de Normalización ubicada en el municipio de Mesetas, el suministro de víveres secos y frescos de conformidad con el número de personas reportadas por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), hasta el 31 de marzo de 2018.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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