JurídicoESEN

Article 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Gobierno Capítulo 13

Decreto 948 de 1938 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 13. Casas de Corrección de Menores y Escuelas de Trabajo. Del artículo 50. Para atender al pago de alimentación de los menores no pensionados que entren a las Casas de Menores que establezcan los Departamentos, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 15 de 1916 y Decreto 1701 del mismo año (Ley 26 de 1932) $ 20.000 Capítulo 12. Juzgados de Menores. Del artículo 45. Para sueldos del personal de los Juzgados de Menores 2.000 Capítulo 13. Casas de Corrección de Menores y Escuelas de Trabajo. Al artículo 48. Para pago de raciones y alimentación de menores en las Casas de Corrección y Escuelas de Trabajo, que son de cargo de la Nación 20.000 Capítulo 15-bis. Al articulo 63-D. Para gastos de administración de los ocho territorios nacionales restantes 2.000 Sumas iguales $ 22.000 22.000

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 948 de 1938