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Article 8

Reintegro

Decreto 1693 de 2020 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 90 de la Ley 2008 de 2019, para el pago de los subsidios para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica causados durante la vigencia 2020.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Reintegro. En caso de que se presente un exceso en el valor girado por la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, los valores correspondientes deberán ser reintegrados por los destinatarios del pago a la Nación -Tesoro Nacional, a la cuenta que señale dicha Dirección en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que el destinatario del pago reciba los recursos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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