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Article 19

Autorizase A La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales Para Qué

Decreto 1932 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones en favor de los damnificados de Cali

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Text of the article

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Autorizase a la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales para qué. con la aprobación de Ministro de Hacienda y Crédito Público, conceda plazos prudenciales para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios, para el saldo pendiente, correspondiente al año gravable de 1955 a los contribuyentes que hubieren resultado damnificados en los sucesos ocurridos el 7 de agosto último en la ciudad de Cali. La concesión de los plazos deberá pedirse en cada caso particular, y las solicitudes correspondientes deberán presentarse acompañando el certificado expedida por la "Junta Informadora de daños y Perjuicios", sobre la cuantía de la pérdida.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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